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¿Cuánto Cobro Estando de Baja? Guía Completa 2025
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¿Cuánto Cobro Estando de Baja? Guía Completa 2025

Equipo CuantoCuesta.ai
Diciembre 2025
7 min lectura

¿Cuánto Cobro Estando de Baja? Guía Completa 2025

Si estás de baja médica o crees que vas a necesitar una, probablemente te preguntes: ¿cuánto voy a cobrar? La respuesta depende de varios factores que vamos a explicarte en detalle.

La verdad que nadie te cuenta: los primeros 3 días no cobras nada

Sí, has leído bien. En una baja por enfermedad común (la más frecuente), los primeros 3 días no recibes prestación alguna. Esto sorprende a mucha gente que espera cobrar desde el día 1.

¿Por qué ocurre esto?

La ley lo establece así para evitar bajas muy cortas. Se considera que si te pones enfermo solo 1-3 días, puedes "aguantar" sin prestación. Polémico, pero es la norma vigente.

Excepción importante: Algunos convenios colectivos complementan estos días al 100%. Revisa el tuyo con Recursos Humanos.


La tabla que necesitas: Cuánto cobras según tu tipo de baja

No todas las bajas pagan igual. Hay 4 tipos principales y sus porcentajes varían significativamente:

1. Enfermedad Común (la más habitual)

Es la baja por gripe, dolor de espalda, ansiedad, depresión, operaciones no urgentes, etc.

Días de bajaPorcentaje que cobrasQuién te paga
Días 1-30% (nada)Nadie
Días 4-2060% de tu baseTu empresa
Día 21 en adelante75% de tu baseSeguridad Social/Mutua

Ejemplo práctico:
Base reguladora de 1.800€/mes (≈ 60€/día)

  • Días 1-3: 0€
  • Días 4-20 (17 días): 60€ × 60% = 36€/día → 612€
  • Día 21-30 (10 días): 60€ × 75% = 45€/día → 450€
  • Total mes completo: 1.062€ (vs 1.800€ si hubieras trabajado)

2. Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional

Si tu baja se debe directamente a tu trabajo (accidente en la oficina, enfermedad por exposición laboral, etc.):

Días de bajaPorcentaje que cobrasQuién te paga
Desde el día 175% de tu baseMutua de Accidentes

La diferencia es enorme: Cobras el 75% desde el primer día, sin esperar ni perder dinero los primeros días.

3. Accidente In Itinere (yendo/volviendo del trabajo)

Se considera accidente de trabajo, por lo que también cobras el 75% desde el día 1.


¿Qué es la base reguladora y dónde la encuentro?

La base reguladora es el dato clave para calcular tu prestación. Es la cifra sobre la que se aplican los porcentajes del 60% o 75%.

¿Dónde está en mi nómina?

Busca: "Base de Cotización por Contingencias Comunes" (BCCC) o simplemente "Base C.C."

Esta cifra suele ser:

  • Tu salario bruto mensual
  • MÁS la prorrata de pagas extras
  • Es decir, algo mayor que tu sueldo "normal"

Cálculo de la base reguladora diaria

Base reguladora diaria = BCCC del mes anterior ÷ 30

Ejemplo:
Si tu BCCC es 1.800€, tu base reguladora diaria es 60€.


¿Quién paga la baja? Empresa vs Seguridad Social

Otra duda muy común. La responsabilidad del pago cambia según pasen los días:

Para enfermedad común o accidente no laboral:

  1. Días 1-3: Nadie paga (sin prestación)
  2. Días 4-15: Tu empresa paga directamente el 60%
  3. Día 16 en adelante: La Seguridad Social o la Mutua asume el pago

Nota: Aunque a partir del día 16 pague la Seguridad Social, normalmente tu empresa te sigue adelantando el dinero en la nómina (pago delegado). Luego ellos se lo reclaman a la SS.

Para accidente laboral o enfermedad profesional:

La Mutua de Accidentes de Trabajo paga el 75% desde el día 1.


¿Cuánto tiempo puedo estar de baja?

La duración máxima de la IT (Incapacidad Temporal) es:

  • 365 días como máximo inicial
  • +180 días de prórroga si el médico cree que te curarás en ese tiempo
  • Total máximo: 545 días (18 meses aproximadamente)

¿Qué pasa después de 545 días?

El INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) evalúa tu caso y decide si:

  • Te dan el alta médica
  • Te conceden una incapacidad permanente (parcial, total, absoluta o gran invalidez)

5 Trucos para maximizar tu prestación

1. Revisa tu convenio colectivo

Muchos convenios establecen complementos que mejoran la prestación:

  • Algunos pagan el 100% desde el día 1
  • Otros complementan hasta el 100% a partir de ciertos días
  • Pregunta a RRHH o a tu sindicato

2. Si es accidente, que quede bien documentado

Si tu lesión ocurrió en el trabajo o yendo/volviendo, asegúrate de:

  • Reportarlo inmediatamente a la empresa
  • Que te atiendan en la Mutua (no en urgencias públicas, si puedes evitarlo)
  • Conservar toda la documentación

La diferencia entre enfermedad común y accidente laboral puede ser de cientos de euros al mes.

3. Entrega los partes de baja a tiempo

  • El parte de baja inicial debe llegar a la empresa en 3 días desde la fecha de expedición
  • Los partes de confirmación también tienen plazos
  • Si no cumples, puedes perder días de prestación

4. No te automediques la duración

No vuelvas al trabajo "porque te sientes bien" si el médico no te ha dado el alta. Si tienes una recaída:

  • Perderás días de prestación
  • Puede considerarse una nueva baja (con nuevos 3 días sin cobrar)

5. Conoce tu derecho a no ser despedido

El despido durante una baja NO es automáticamente nulo, pero:

  • Si el despido es discriminatorio (por estar de baja), es nulo
  • La empresa asume riesgos legales importantes
  • Consulta a un abogado laboralista si te ocurre

Autónomos: ¿cómo funciona vuestra baja?

Los trabajadores autónomos también tienen derecho a la IT, pero con algunas diferencias:

Requisitos:

  • Estar al corriente de pago de cuotas
  • Cotizar por la cobertura de IT (obligatoria desde 2019)

Cuánto cobras:

  • Días 1-3: 0%
  • Días 4-20: 60% de tu base de cotización
  • Día 21+: 75% de tu base de cotización

La diferencia clave:

  • Sigues pagando la cuota de autónomo durante la baja (hasta que la Mutua asuma el pago, normalmente tras el día 60)
  • Tu base de cotización puede ser menor que la de un asalariado

Preguntas frecuentes

¿La baja laboral tributa en la renta?

, la prestación por IT se considera rendimiento del trabajo y está sujeta a IRPF. Sin embargo, al cobrar menos, tu tipo efectivo suele ser menor.

¿Puedo ir al médico privado estando de baja?

Sí, pero las bajas deben ser expedidas por:

  • Tu médico de cabecera (Seguridad Social)
  • La Mutua (si es accidente laboral)

El médico privado puede diagnosticarte, pero no extender partes de baja oficiales.

¿Me pueden despedir estando de baja?

Técnicamente sí, pero con limitaciones:

  • No puede ser POR estar de baja (sería despido nulo)
  • Pueden alegar otras causas (objetivo, disciplinario, ERE...)
  • Si te despiden, conservas el derecho a la prestación por IT

¿Y si trabajo para varias empresas?

Cobras la prestación de todas ellas, cada una sobre su base de cotización correspondiente.


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Última actualización: Diciembre 2024. Los porcentajes y topes pueden variar según normativa vigente.

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